El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) de la República Dominicana se enfrenta a una histórica multa de RD$12 millones, resultado de una sentencia definitiva emitida por el Tribunal Constitucional. Esta decisión surge a raíz de una astreinte impuesta por el Tribunal Superior Administrativo (TSA), derivada de la negativa del MOPC de entregar un plano de un área verde en Puerto Plata, violando así la Ley de Libre Acceso a la Información Pública.
El caso tuvo origen cuando el licenciado Angel Lockward solicitó al MOPC información sobre un plano específico relacionado con un área verde en Puerto Plata, conforme al marco establecido por la Ley de Libre Acceso a la Información Pública. Ante la falta de respuesta adecuada y en los plazos estipulados por la ley, Lockward recurrió al TSA, que dictaminó a favor imponiendo una astreinte de RD$12 millones debido al incumplimiento del Ministerio.
El MOPC, insatisfecho con la decisión del TSA, llevó el caso ante la Suprema Corte de Justicia, donde el recurso fue rechazado. Finalmente, el Tribunal Constitucional emitió la sentencia definitiva marcada con el número TC-0951-23, donde, si bien admitió el recurso del MOPC en cuanto a la forma, confirmó en el fondo la decisión de la Suprema Corte, ratificando la multa de RD$12 millones.
La sentencia del Tribunal Constitucional no solo establece un precedente importante en materia de acceso a la información pública y transparencia gubernamental, sino que también refuerza la obligación de las instituciones públicas de cumplir con las disposiciones legales vigentes. Además, el tribunal determinó que el proceso fuera libre de costas, lo cual enfatiza la seriedad con la que se abordó este caso en términos legales y administrativos.
Este fallo subraya la importancia de que las instituciones públicas cumplan con sus deberes legales de transparencia y acceso a la información, asegurando así una gestión gubernamental más abierta y responsable ante la ciudadanía.